domingo, 24 de junio de 2018

CADENA DE CUSTODIA





Cadena de custodia


  • Es el documento escrito en donde quedan reflejadas todas las incidencias de una prueba,también se conceptúa como aquel documento que garantiza la autenticidad, seguridad, preservación e integridad de la evidencia fisica hallada, obtenida o colectada y examinada, de manera continua e interrumpida, hasta que esta sea entregada como elemento de prueba ante una corte legal.
  • Es el procedimiento mediante el cual se asegura la integridad de la muestra desde su toma hasta la emisión del informe 
  • Sistema de seguridad que garantiza que la evidencia que llega al laboratorios para su análisis, es la misma que estaba en la escena explorada y que se encuentra en el mismo estatus que tenía en ese sitio, igualmente, que es la misma evidencia que, una vez analizada, se devuelve al solicitante y que se lleva a la audiencia pública del juicio, acompañada del informe pericial respectivo.
  • La cadena de custodia, es una secuencia de actos llevados a cabo por el Perito, el agente del Ministerio Público o el Juez, mediante la cual los instrumentos del delito, las cosas objeto o productos de él, así como cualquier otra evidencia relacionada con éste, son asegurados, trasladados, analizados y almacenados para evitar que se pierdan, destruyan o alteren y así, dar validez a los medios de prueba. La cadena de custodia debe ser observada, mantenida y documentada.

OBJETO DE LA CADENA DE CUSTODIA

    • Establecer la posesión de la misma en todo momento, así como evitar su destrucción, suplantación y contaminacion, garantizando así que esta no sea desestimada o cuestionada.
    • Garantiza que las pruebas son las mismas recolectadas, acreditando su identidad y estado original, condiciones y los cambios hechos en ellas por cada custodio.


    IMPORTANCIA

      La importancia de la cadena de custodia estriba en que ni el órgano jurisdiccional, ni la defensa podrán poner en duda la integridad y la admisibilidad de la evidencia, porque siempre se establece la posesión de ésta, desde que se consigue y colecta hasta que se presenta al Tribunal.

      PRINCIPIOS DE LA CADENA DE CUSTODIA DE LA EVIDENCIA

        • A. LEGALIDAD

        La legalidad  del elemento material probatorio y evidencia física depende de que en la diligencia en la cual se recoge o se obtiene, se haya observado lo prescrito en la constitucion política, en los tratados internacionales sobre derechos humanos vigentes en nuestro país y en las leyes

        • B. AUTENTICIDAD

        Los elementos materiales probatorios y la evidencia física son auténticos, cuando han sido detectados, fijados, recogidos y embalados técnicamente, y sometidos a las reglas de cadena de custodia.

        Principios Básicos de la Cadena de Custodia de acuerdo al Reglamento de Cadena de Custodia de Evidencias del Ministerio Público.

          • El control, de todas las etapas desde la recolección o incorporación de los elementos materiales, evidencias y bienes incautados hasta su destino final, así como del actuar de los responsables de la custodia de aquellos.
          • La preservación, de los elementos materiales y evidencias, así como de los bienes incautados para garantizar su inalterabilidad, evitar confusiones o daño de su estado original, así como un indebido tratamiento o incorrecto almacenamiento.
          • La seguridad, de los elementos materiales y evidencias así como de los bienes incautados con el empleo de medios y técnicas adecuadas de custodia y almacenamiento en ambientes idóneos, de acuerdo a su naturaleza.
          • La mínima intervención, de funcionarios y personas responsables en cada uno de los procedimientos, registrando siempre su identificación.
          • La descripción detallada, de las características de los elementos materiales y evidencias además de los bienes incautados o incorporados en la investigación de un hecho punible, del medio en el que se hallaron, de las técnicas utilizadas, de las pericias, de las modificaciones o alteraciones que se generen en aquellos entre otros

          • ELEMENTOS DE LA CADENA DE CUSTODIA

          • Limitar el número de funcionarios que manejan la evidencia.
          • Identificar y marcar los objetos.
          • Indicar en sus notas a quien fue entregado, fecha y hora, razones por la cual entrega, cuándo y por quién fue devuelta, elaborar recibos a tal efecto, cada vez que se entregue la evidencia. En caso de que le devuelva la evidencia debe verificar la marca de identificación del objeto y asegurarse de que es el mismo objeto que el oficial entregó.
          • Si se encuentra en las mismas condiciones de cuando lo colectaron, estar pendiente de la evidencia y si ésta ha sufrido cambios anotar cualquiera de ellos y su causa.
          • El control, por medio del cual se logra la identificación e individualización de las evidencias físicas.
          • La seguridad, consiste en el empleo de medios materiales para el resguardo de las evidencias físicas en lugares seguros a fin de evitar extravíos, hurtos, cambios, entre otros.
          • Medidas de preservación, dirigidas a garantizar la inalterabilidad de muestras o especímenes (degradación, contaminación o destrucción), por indebido tratamiento de las mismas, o por un incorrecto almacenamiento.
          • Las actas, oficios y otros requisitos formales que acompañan a las evidencias físicas, son también objetos de la cadena de custodia.
          • Es responsabilidad de todo funcionario que participa en el proceso, incluyendo secretarias, oficinistas, mecanógrafas, mensajeros y otros, conocer los procedimientos específicos y generales establecidos para tal fin, debiendo llevar el control y registro de su actuación directa dentro del proceso.
          • Toda muestra o elemento probatorio deberá ser sometida al registro de la cadena de custodia, el cual deberá acompañar a cada uno de los indicios materiales en el recorrido de su curso judicial.
          • Los funcionarios (peritos) a quienes corresponda el análisis de una muestra, deberán describir con detalles la evidencia obtenida, técnicas y procedimientos de análisis empleados; al igual que las modificaciones realizadas sobre la misma, aclarando si se agotaron en los análisis o si quedaron porciones o alícuotas de éstas.
          • Los Laboratorios de criminalistica o el Instituto de Medicina legal u otros, podrán abstenerse de recibir evidencias enviadas por autoridades competentes, cuando se detecte que no ha existido cadena de custodia o se ha interrumpido.
          • El formato de la cadena de custodia no admite tachones, borrones, enmiendas, espacios y líneas en blanco, tintas de color diferente, interlineados (signos, palabras u otros escritos entre líneas), tampoco se permiten adiciones en las copias.
          • En caso que a merite una corrección, ésta se efectuará entre paréntesis, explicando los motivos que la generaron. Los bienes materiales y las evidencias recolectadas o incorporadas, deberán ser debidamente rotuladas y etiquetadas para su correcta identificación y seguridad e inalterabilidad.

          LAS ETAPAS DE LA CADENA DE CUSTODIA

          • Extracción o recolección de la prueba.
          • Preservación y embalaje de la prueba.
          • Transporte o traslado de la prueba.
          • Traspaso de la misma, ya sea a los laboratorios para su análisis, o a las diferentes fiscalías para su custodia.
          • Custodia y preservación final hasta que se realice el debate.

          La cadena de custodia implica: la extracción adecuada de la prueba, la preservación, individualización, transporte apropiado, entrega controlada. Al recolectar las pruebas, lo importante es el valor que va a tener en el proceso de investigación y por medio de la cadena de custodia, este valor va a ser relevante, debido a que no se va a poder impugnar, al haberse acatado el procedimiento.

          sábado, 23 de junio de 2018

          BIOGRAFIA DEL INTERNADO DE SAN FERNANDO


          El Internado Judicial Apure, esta ubicado en la Calle Diana, cruce con Boyacá y Paseo Libertador, en el Municipio San Fernando, Parroquia San Fernando, área urbana de la capital del Estado.
          La instalación fue construida en el año 1917, destinada como Cuartel de la Guardia Nacional de aquella época y en el año 1956, por decisión del Gobierno Nacional pasa a ser un Centro para Procesados. Su diseño fue para 400 internos. 

          Su extensión total es de 22.940m2 y su área constructiva es de 6.788m2, dicha estructura fue realizada con ladrillos de adobe y viga de concreto y madera, cubierta de techo de acerolic y asbesto, con una cerca de seguridad de 650 mts lineales de 400 mts de altura.

          El Internado cuenta con cinco pabellones, además del anexo femenino, los rancheros, el área administrativa y destacamento de trabajo, esta Institución cuenta con los servicios básicos: agua, electricidad, aseo urbano y teléfono, además se halla  ubicado en el área del patio un comedor para los internos, el que estructuralmente cumple los requerimientos,  en el administrativa un comedor para funcionarios con una capacidad de 20 comensales La conservación de los alimentos se garantiza a partir de una cava de congelación, una de mantenimiento

          Norte: Calle Boyacá cruce con Paseo Libertador 

          Sur: Calle Carabobo

          Este: Paseo Libertador

          Oeste: Calle Girardo

          domingo, 27 de mayo de 2018

          BIOGRAFÍA DE LA UNES

          BIOGRAFÍA DE LA UNES


          1. La Universidad Nacional Experimental de la Seguridad (UNES) es la institución universitaria especializada que se encarga de la
            profesionalización y el desarrollo integral de funcionarias y funcionarios de la seguridad ciudadana en el país.

            Con un currículo común básico y con diversificación según las disciplinas y áreas especializadas del servicio, la UNES asume el reto de consolidar cuerpos de seguridad ciudadana al servicio del pueblo venezolano que sean transparentes, con sentido ético, confiables, eficaces, abiertos a la participación popular, a la controlaría social y ajustados al cumplimiento de los derechos y libertades ciudadanas.

            La UNES formará permanentemente a las funcionarias y funcionarios de los siguientes órganos de seguridad:

            La Policía Nacional Bolivariana
            Cuerpos de Policía Estadales y Municipales
            Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas
            Cuerpos de Bomberos y Bomberas
            Cuerpo de Protección Civil y Administración de Desastres
            Penitenciaristas

            Cuerpo Técnico de Vigilancia y Tránsito Terrestre

            Los procesos de aprendizaje de la UNES están fundamentados en la creación intelectual, la sistematización de las prácticas y problemas de seguridad (en los contextos nacional, regional y local), en el intercambio de saberes y en la participación activa de educadores y discentes. Es por ello que nuestra institución asume la educación y el conocimiento como bienes públicos al servicio de todas y todos, bajo los principios de justicia social, respeto a los derechos humanos, igualdad de género, diversidad e interculturalidad, cooperación solidaria, participación ciudadana, calidad, pertinencia, formación integral, educación a lo largo de toda la vida, vinculación con los planes de desarrollo nacional y cooperación internacional
          Misión
          1. La Universidad Nacional Experimental de la Seguridad, creada en el marco de la Mision alma Mater, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con funciones de formación integral, creación intelectual y vinculación social, estará al servicio del pueblo venezolano, en un proceso permanente de formación profesional y desarrollo integral de quienes conforman los órganos de seguridad ciudadana. La Universidad Nacional Experimental de la Seguridad es de carácter civil, lo cual se expresa en sus autoridades, dirección, modelo de gestión, personal, cultura, régimen disciplinario, instalaciones, equipamiento y dotación, de acuerdo con sus requerimientos.


            Visión
              
            La Universidad Nacional Experimental de la Seguridad garantiza la calidad académica y el compromiso social, sustentada en los valores de confiabilidad, transparencia, eficacia y participación, orientados por su sentido ético hacia el respeto de los derechos humanos, libertades ciudadanas y la resolución de los problemas de seguridad del pueblo venezolano. Sirve como centro de referencia nacional, regional e internacional con amplio reconocimiento por los estudios en el campo de la seguridad; la calidad e impacto de su gestión en la formación integral de las y los discentes; la creación intelectual y la vinculación social.
            Es una Universidad que eleva, de manera continua, su capacidad para generar y sistematizar conocimiento útil, producto de su relación con el contexto y la interacción directa con el pueblo venezolano, sus necesidades y potencialidades, a fin de dar respuesta eficiente a las crecientes demandas y transformaciones sociales en torno a los problemas de seguridad, al desarrollo científico tecnológico e incidir en la reversión de las tendencias delictivas actuales y las perspectivas a nivel nacional, regional e internacional.
            Es una Universidad en la que, donde se anclan sus sedes, se despliegan dispositivos de trabajo articulado con la comunidad e instituciones locales y nacionales, para contribuir con la resolución de los graves problemas de seguridad que aquejen a la localidad y garantizar una vida tranquila, en la que las personas puedan disfrutar del libre ejercicio de sus derechos fundamentales.

          BIOGRAFIA DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL SERVICIO PENITENCIARIO


          Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario

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          Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario
          Información general
          Fundación26 de julio de 2011
          JurisdicciónNacional
          PaísVenezuela
          Organización
          MinistrosIris Varela
          Dependiente dePoder Ejecutivo Nacional
          Entidad superiorPoder Público Nacional
          Histórico
          Ministerio de Estado para el Servicio PenitenciarioActual

          El Ministerio del Poder Popular para el      Servicio Penitenciario es uno de los organismos que conforman el gabinete ministerial del Poder Ejecutivo de Venezuela. Fue creado el 26 de julio de 2011, vía decreto Nº 8.266 y formalmente en gaceta oficial Nº 39.721.​
          En 2013, el ministerio propone reformar el Código Orgánico Procesal Penal (COPP) de Venezuela, y modificar el Programa de Régimen de Confianza Tutelado.
          El ministerio es un ente dependiente directamente de las órdenes del presidente de Venezuela. Y se encuentra ubicado en Avenida Venezuela, Edificio Platinum, Urbanización El Rosal, Municipio Chacao, Venezuela.

          Estructura del Ministerio

          • Viceministerio para la Atención al Privado y Privada de Libertad
          • Viceministerio para la Atención al Adolescente en Conflicto
          • Viceministerio de Formación Educativa y Asuntos Sociales

          Órganos y Entes Adscritos al Ministerio


          • Fondo Nacional para Edificaciones Penitenciarias
          • Instituto Autónomo Caja de Trabajo Penitenciario

          Ministros

          Ministros del Servicio Penitenciario de Venezuela
          OrdenNombrePeríodoPresidente
          1María Iris Varela Rangel2011 - 2013Hugo Chávez
          2María Iris Varela Rangel2013 - 2017Nicolás Maduro
          3Marelys contreras2017- 2018Nicolás Maduro
          4María Iris Varela Rangel2018 - En el cargoNicolás Maduro

          CADENA DE CUSTODIA

          Cadena de custodia Es el documento escrito en donde quedan reflejadas todas las incidencias de una prueba,también se conceptúa...